Reglamentacion Acto cooperativo - Uso indebido de prerrogativas otorgadas por la ley a entidades de economia solidaria

Prolegómenos. Derechos y Valores, vol. XV, núm. 29, enero-junio, 2012, pp. 129-148 Universidad Militar Nueva Granada Bogotá, Colombia

Angelita Linda Mosquera Barraza, 2012

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Resumen :

Las cooperativas son personas jurídicas que pueden realizar contratos, comparecer en juicio y actuar en todo aquello que esté conforme con su índole social y económica. Sus actos son de comercio en la forma, pero no en la esencia, por no existir el lucro, por no reunir todas sus características formales. Se distinguen entre actos internos y externos. Los primeros son los celebrados entre los asociados y la cooperativa; los segundos, los celebrados con terceros no asociados, pero para beneficio de sus asociados, o mejor dicho, para poder cumplir el fin social. Lo que se pretende en reconocer el espíritu del cooperativismo, lo que conduce al punto central de este trabajo: “El acto cooperativo” desde la perspectiva de su reglamentación. Las organizaciones de la economía solidaria, han sido creadas, como su nombre lo indica, con el espíritu de protección hacia los más necesitados, ofreciendo servicios de mayor acceso a las poblaciones más vulnerables; pero esto se ha desvirtuado por estas entidades al aprobar créditos desconociendo algunos de los derechos y a su vez excediendo los límites de sus actuaciones, al usar las prerrogativas otorgadas por la ley y realizar embargo de pensiones y salarios de personas que no son asociados o que no ejercen sus derechos como tal, lo que constatamos con el mayor número de quejas que presentan los usuarios en la Superintendencia de la Economía Solidaria por el tema de Usura y otras irregularidades en el otorgamiento y cobro de créditos. Se sugiere entonces la reglamentación del acto cooperativo dentro de nuestra legislación colombiana a través de una Ley, Decreto o norma imperativa que le de fuerza o herramientas a los colombianos y a las entidades de control para actuar en contra de los administradores o entidades solidarias que cometen este tipo de actuaciones contrarias a derecho. Es claro ver la profunda importancia del tema propuesto, dado que el cooperativismo y la economía solidaria son objeto de una regulación legal cada vez más amplia en nuestro país por la importancia y la forma como afecta las decisiones a nivel nacional en lo laboral y otro muchos aspectos que inicialmente se desarrollaron sin ningún marco normativo, como es el caso de varias de las formas asociativas que fueron ideadas para solucionar problemas económicos, sociales, culturales y ambientales, terminaron por ser reglamentados jurídicamente (Sarmiento & Guarín, 1999).