Ley Marco del Sistema Mutual en Nicaragua - Ley 703 del 21/01/2010
Nicaragua
enero 2010
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Resumen :
Art. 2 Finalidad.
La Asociación Mutual o mutua tiene como finalidad incidir y coordinar con el Estado para facilitar el acceso de la población a la seguridad social, mediante la implementación de sistemas complementarios, contribuyendo a la ampliación de cobertura, articulando acciones con el Gobierno Central, los Municipios y organizaciones que compartan los mismos objetivos.